Su marca es el activo que distingue sus productos en el mercado y solo el registro ante el Registro de la Propiedad Industrial le otorga el derecho exclusivo de usarla en Costa Rica. En Registros 360 gestionamos el trámite completo y lo coordinamos con su registro sanitario, de modo que su producto llegue al mercado protegido en ambos frentes: autorizado para venderse y con la marca a su nombre.
Son dos trámites distintos, ante dos autoridades distintas y con efectos distintos. El registro sanitario se gestiona ante el Ministerio de Salud y autoriza la comercialización del producto. El registro de marca se gestiona ante el Registro Nacional y le otorga la titularidad del nombre. Un producto puede tener su registro sanitario vigente y, aun así, no contar con ningún derecho sobre el nombre con el que se vende.
La consecuencia práctica pesa: si un tercero inscribe primero un signo idéntico o similar al suyo, usted podría verse obligado a cambiar el nombre de un producto que ya está inscrito, etiquetado y en góndola, con el costo de reimprimir empaques y tramitar un cambio post registro ante el Ministerio.
Marcas de productos, marcas de servicios, nombres comerciales y señales de propaganda. La protección puede recaer sobre una palabra, un logotipo, una figura o la combinación de varios elementos.
Conviene tener clara la diferencia: el nombre comercial protege el nombre de su empresa, mientras que la marca protege los productos o servicios que usted comercializa. En muchos casos lo recomendable es proteger ambos. Las marcas se solicitan por clases, según la clasificación internacional aplicable, y cada clase se tramita de forma independiente.
Le acompañamos en cada etapa del proceso:
El trámite toma alrededor de cinco meses desde la presentación de la solicitud hasta la entrega del certificado, plazo que se extiende si un tercero presenta oposición. Una vez concedido, el registro tiene una vigencia de diez años contados desde la fecha de concesión y es renovable de forma indefinida. Recomendamos iniciar la renovación con antelación para no interrumpir la protección.
Antes de someter el expediente sanitario. En esa etapa el nombre y el arte del empaque ya quedan definidos en el trámite ante el Ministerio de Salud, de manera que un problema con la marca a esas alturas obliga a rehacer etiquetas y a gestionar modificaciones al registro ya presentado. Trabajar ambos procesos de forma coordinada evita ese retrabajo y le da certeza desde el inicio.
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